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▷▷【⚖️ 】 El Constitucionalismo Mexicano ◁ 【⚖️ 】


Consumada de facto la Independencia política, todas las iniciativas, proposiciones y aboliciones que los insurgentes, a lo largo de once años de lucha y sacrificio habían decretado, fueron ignoradas, postergadas, negadas y aun condenadas por los españoles absolutistas, los criollos conservadores, el clero y la mayoría de los oficiales del ejército realista.

La constitución de Apatzingán de 1814

Se conformó de 22 capítulos integrados por 242 artículos pero en noviembre de 1821, Agustín de Iturbide, fue nombrado jefe del ejército que debía atacar a Vicente Guerrero. Sin embargo, después de atraerse el apoyo de los principales jefes del ejército, promulgo el Plan de Iguala, el 24 de febrero de 1821, en el pueblo de Iguala el 2 de marzo de ese año, proclamó la independencia y mantuvo la monarquía. Sería este el primer plan políticamente aceptable.

El Plan de Iguala

Fijo las bases para la Constitución del Estado Mexicano, pues aportó los principios de organización política que habría de tener. El Plan de Iguala fue apoyado por sectores liberales, oficiales del ejército, comerciantes, clero y nobleza tanto criolla como peninsular, por lo que, una Junta de Regencia ocupó el poder. Los criollos se unificaron en torno del Plan de Iguala. En poco tiempo el ejército de Iturbide ocupó las principales ciudades. En el Acta de Independencia Mexicana, se declaró que México es una nación soberana e independiente de España. La nación Mexicana habría de constituirse conforme a las bases que se establecieron en el Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba.

 El 18 de mayo de 1822, la multitud pidió la Corona Imperial para Iturbide y el Congreso confirmo al día siguiente la designación, por lo que se corono a Agustín I. emperador de México el 21 de Julio de ese año. Con ello se profundizo aún más la oposición de los liberales, y en Michoacán se empezó a organizar un plan para establecer la República. En el México independiente se presentó la disyuntiva entre centralismo y federalismo, que con el tiempo derivó en la oposición entre conservadores y liberales, respectivamente. Entre 1822 y 1824 los constituyentes estaban divididos entre centralista y federalistas. La primera opción que se tomó fue la del federalismo por acuerdo de fecha del 21 de mayo de 1823, en donde en el Primer Congreso se decidió que la nación mexicana adoptaría en su gobierno la forma de República, Representativa, Popular Federal.

Constitución  De 1824

Se dio a partir del 1 de abril de 1824 y el texto fue aprobado finalmente el 3 de octubre del mismo  año y promulgado el 4 y publicado el 5 de octubre con el nombre de Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, estuvo vigente hasta 1835, año en que el Congreso de corte conservador promulgó las  bases constitucionales del 23 de Octubre 1835 y posteriormente las Siete Leyes Constitucionales de 1836. Consta de 171  artículos distribuidos  en VIII Títulos algunos: Forma de gobierno, la de una República Democrática Federal. El poder supremo de la federación se dividió  en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Se consagro la intolerancia religiosa. Se estableció la libertad de imprenta. Se creó un Consejo de Gobierno, formado por la mitad de los  Senadores, uno por cada estado, presididos por el Vicepresidente. Bases  Constitucionales: establecía la intolerancia religiosa, un sistema de Gobierno Republicano, Representativo y Popular, el poder para su ejercicio se dividía en  Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Las  Siete Leyes  Constitucionales

 El 30 de diciembre  de 1836  se expidieron  las Siete Leyes  Constitucionales  que establecieron  lo siguiente: Primera Ley  Constitucional trataba de los mexicanos, sus derechos y  obligaciones, así como de los demás  habitantes de la República; Segunda Ley  Constitucional formada por 23 artículos, creo un cuarto  Poder: el Supremo Poder Conservador; Tercera Ley  Constitucional del Poder Legislativo, sus miembros,  la formación de las leyes, las sesiones del Congreso General, facultades de las  Cámaras y de la Diputación Permanente; Cuarta Ley  Constitucional del Supremo Poder Ejecutivo, que se depositaba  en el Presidente de la República por el término de ocho años  y con posibilidad de reelección; Quinta Ley  Constitucional del Poder Judicial , que ejercía una Corte  Suprema de Justicia, los Tribunales Superiores  de los  Departamentos, los Tribunales de Hacienda y los Juzgados de primera  instancia a cargo de Jueces Subalternos; Sexta Ley  Constitucional establecía la división del territorio de la  República y el Gobierno Interior de los Pueblos; Séptima Ley  Constitucional trataba de las variaciones a las leyes  constitucionales, que no podrían llevarse  a cabo en el término  de seis años contados  a partir de la publicación de la Constitución.

Las Bases  Orgánicas  De 1843


El 4 de agosto de 1846 el Comandante General José Mariano Salas se pronunció en la  Ciudadela contra el gobierno del Presidente Paredes Arrillaga. Se designó a Santa Anna, ahora liberal, demócrata y reformista, para ocupar la Presidencia, el 15 de febrero de 1847, ante la cercanía de las  tropas estadounidenses a la capital, 38 Diputados encabezados por Muñoz Ledo propusieron la vigencia lisa  y llana de la Constitución de 18243. El Juicio  De Amparo: constitución yucateca de 1840, de cuyo proyecto fue autor Manuel Crescencio Rejón, medio de control de constitucionalidad que Rejón llamo Amparo, ejercido por el Poder Judicial, sobre todo acto anticonstitucional. Se facultaba a la Suprema Corte para conocer de todo juicio de amparo contra actos del Gobernador del Estado o leyes de la Legislatura.


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