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▷▷【⚖️ 】 Conceptualización de “Órgano” desde el Derecho ◁ 【⚖️ 】


Concepto

De acuerdo a Enrique Armando Salazar Abaroa el concepto órgano en los parlamentos nos permite en términos de análisis político y jurídico, la descomposición del todo en las partes que lo integran.
          A la luz de dicho razonamiento, la Ley Orgánica del Poder Legislativo enuncia y contiene el engranaje que permite el ejercicio de las funciones de control del poder, de legislación, fiscalización, gestión y  representación. “Órgano proviene de órganon, parte de un cuerpo que desempeña funciones específicas relacionadas con las demás del todo. Este concepto tiene un origen en las ciencias naturales estrictamente biológico; sin embargo se ha incorporado como herramienta conceptual a las ciencias sociales.

          En materia jurídica

La noción es empleada de manera más profunda en determinadas materias, tales como el derecho administrativo y el derecho público. Pero debe quedar claro que el concepto órgano pertenece a la teoría general del derecho, ya que es indispensable para la elaboración de distintos conceptos generales en diversas ramas  del derecho.
          Para Vernego tienen gran importancia política las estructuras de la organización, dado que la manera en que se atribuyen las competencias de los diferentes órganos constituye la forma en que el poder se encuentra distribuido democráticamente  en una sociedad determinada”[1]. 




[1] Salazar Abaroa, Enrique Armando. Derecho Político y parlamentario. Principios, valores y fines, H. Cámara de Diputados, LIX Legislatura, Miguel Ángel Porrúa, México, 2005, p. 161-163.

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