La actividad Financiera del Estado y los campos de Derecho que la tratan
Entender en que consiste la actividad económica del Estado es fundamental para comprender la administración pública y el derecho contencioso administrativo, permitiendo que los estudiosos de esta ciencia tengan un terminante papel, por los intereses individuales y colectivos que en ella se juegan.
En la administración pública uno de los temas
fundamentales que en ella se manejan es la responsabilidad del Estado, en este
caso la actividad financiera vinculándose directamente en la realidad como en
la formalidad; esto se puede observar históricamente o al menos desde el
momento en que el Estado comenzó a ser un ente determinante en la nueva
configuración global, es así que:
A lo largo del pensamiento administrativo, esta noción de administración pública ha extraordinariamente consensual, tanto en el tiempo, como en el espacio. En Alemania, Carlos Marx se refirió a la actividad organizadora del Estado y Lorenz von Stein a la actividad del Estado; en tanto que los Estados Unidos, Woodrow Wilson discernía sobre el gobierno en acción, Luther Gulick sobre el trabajo del gobierno y Marshall Dimock al Estado como constructor (Guerrero, La administración pública, s.f.).
A lo largo del pensamiento administrativo, esta noción de administración pública ha extraordinariamente consensual, tanto en el tiempo, como en el espacio. En Alemania, Carlos Marx se refirió a la actividad organizadora del Estado y Lorenz von Stein a la actividad del Estado; en tanto que los Estados Unidos, Woodrow Wilson discernía sobre el gobierno en acción, Luther Gulick sobre el trabajo del gobierno y Marshall Dimock al Estado como constructor (Guerrero, La administración pública, s.f.).
La finalidad de este trabajo es comprender y analizar la actividad
financiera del Estado, analizar e identificar los ingresos y egresos del
Estado, desarrollar la habilidad comparativa entre ingresos y egresos de un año
fiscal a otro, también identificar el concepto de presupuesto.
La actividad económica es la jurisdicción que le
corresponde al Estado teniendo presente el federalismo. Es decir, se refiere
que tiene la obligación de garantizar el desarrollo económico, este desarrollo
debe ser de forma integral y sustentable, fortaleciendo así su propia soberanía
y su régimen democrático. Todo Estado tiene la rectoría de la economía
nacional, a través de la cual, tiene la responsabilidad de organizar y conducir
el desarrollo nacional. En el caso mexicano se establece en el artículo 26
constitucional que el Estado organizará un sistema de planeación democrática
del desarrollo nacional mediante un Plan Nacional de Desarrollo.
Ante los diversos problemas económicos y sociales de un
determinado país permiten identificar cuáles son los retos, principalmente para
el Estado, y que tiene como fin último el bien común. De este fin, lo que se
busca en toda sociedad es que sea justa y que pretendan lograrlo mediante la
intervención del gobierno, por tanto, establece ejes rectores en los diferentes
Planes de Desarrollo económico que se va realizando para responder a las
demandas sociales.
De esta manera el objetivo de esta investigación es que
el estudiante investigue los puntos rectores de los Planes Nacionales de
Desarrollo correspondientes al ex presidente Felipe Calderón Hinojosa y el
actual, Enrique Peña Nieto. Establecer las semejanzas y diferencias entre esos planes
nacionales de desarrollo Buscar la Ley de Ingreso correspondiente a los ejercicios
fiscales 2012 y 2013, Enlistarlos y esquematizar los ingresos. Investigar la ley
que contemple dicho Ingreso. Buscar los Presupuestos de Egresos
correspondientes a los ejercicios fiscales 2012 y 2013. Enlistar y esquematizar
los egresos. Establecer una breve semejanza y diferencias entre los egresos de
los años 2012 y 2013. Por tanto, el trabajo es meramente descriptivo y
comparativo.
LA
ACTIVIDAD FINANCIERA DEL ESTADO
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RECTORES
DE LOS PLANES NACIONALES DE DESARROLLO
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FELIPE
CALDERÓN
|
ENRIQUE
PEÑA NIETO
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1. Estado de
Derecho y seguridad
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1. Un “México en Paz”
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2. Economía
competitiva y generadora de empleos
|
2. México Incluyente
|
3. Igualdad de
oportunidades
|
3. México con
Educación de Calidad para Todos
|
4.
Sustentabilidad ambiental
|
4. México Próspero
|
5. Democracia
efectiva y política exterior responsable
|
5. México con
Responsabilidad Global
|
SEMEJANZAS
Y DIFERENCIAS ENTRE LOS PLANES NACIONALES DE DESARROLLO 2007-2012 y 2013-2018
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|
El Plan Nacional de Desarrollo
2013-2018, no contempla una meta en cuanto a generación de empleo formal.
Pero, propone disminuir la informalidad y mejorar la productividad. Ya que el PND 2007-2012 se buscó promover
condiciones para la creación de empleos formales, con el objetivo de llegar
en 2012 a crear al menos 800,000 al año.
El Plan Nacional de Desarrollo
2013-2018 pretende garantizar el avance de la democracia, la gobernabilidad y
la seguridad de su población. Abarca principalmente temas de estado de
derecho, seguridad pública, seguridad nacional y democracia. Para garantizar
los derechos humanos de toda la población y generar una calidad de vida que dé
pie al desarrollo de una sociedad productiva. Por tanto, abarca temas
derechos humanos, salud, seguridad social y equidad.
Contiene en uno de sus ejes temas de
educación, ciencia, tecnología e innovación con el fin de contar con un
capital humano de calidad y propiciar la innovación industrial.
También, hace énfasis en temas de
acceso a insumos productivos, competencia, regulación, infraestructura,
fomento económico, desarrollo sustentable y estabilidad macroeconómica, para
generar certidumbre económica y un entorno que detone el crecimiento de la
productividad del país.
Continuando con el PND 2013-2018
encontramos temas de presencia global, integración regional y libre comercio
para abrir oportunidades comerciales, defender los intereses e impulsar la cultura
de México internacionalmente.
Ahora, el Plan Nacional de
Desarrollo 2007-2012, contiene elementos fundamentales como la de garantizar
la seguridad nacional, salvaguardar la paz, la integridad, la independencia y
la soberanía del país, y asegurar la viabilidad del Estado y de la
democracia. Mantener la vigencia plena del Estado de Derecho, fortalecer el
marco institucional y afianzar una sólida cultura de legalidad para que los
mexicanos vean realmente protegida su integridad física, su familia y su
patrimonio en un marco de convivencia social armónica. De igual, forma
establece alcanzar un crecimiento económico sostenido más acelerado y generar
los empleos formales que permitan a todos los mexicanos, especialmente a
aquellos que viven en pobreza, tener un ingreso digno y mejorar su calidad de
vida.
Buscó reducir significativamente las
brechas sociales, económicas y culturales persistentes en la sociedad, y que
esto se traduzca en que los mexicanos sean tratados con equidad y justicia en
todas las esferas de su vida, de tal manera que no exista forma alguna de
discriminación. Aprovechar los beneficios de un mundo globalizado para
impulsar el desarrollo nacional y proyectar los intereses de México en el
exterior, con base en la fuerza de su identidad nacional y su cultura; y
asumiendo su responsabilidad como promotor del progreso y de la convivencia
pacífica entre las naciones.
|
|
LEY DE INGRESO
CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS FISCALES 2012 Y 2013
|
LEY DE INGRESO
CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS FISCALES 2012 Y 2013
|
CONCEPTO
|
||||
A.
|
INGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL
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|||
I.
|
IMPUESTOS:
|
|||
1.
|
IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
|
LEY DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA
|
||
2.
|
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA.
|
LEY DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA.
|
||
3.
|
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
|
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
|
||
4.
|
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS:
|
LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS
|
||
5.
|
IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS.
|
LEY FEDERAL DE IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS.
|
||
6.
|
IMPUESTO SOBRE SERVICIOS EXPRESAMENTE DECLARADOS DE INTERÉS
PÚBLICO POR LEY, EN LOS QUE INTERVENGAN EMPRESAS CONCESIONARIAS DE
BIENES DEL DOMINIO DIRECTO DE LA NACIÓN.
|
LEY DEL IMPUESTO SOBRE SERVICIOS EXPRESAMENTE DECLARADOS DE INTERÉS
PÚBLICO POR LEY, EN LOS QUE INTERVENGAN EMPRESAS CONCESIONARIAS DE BIENES DEL
DOMINIO DIRECTO DE LA NACIÓN
|
||
7.
|
IMPUESTO A LOS RENDIMIENTOS PETROLEROS.
|
LEY IMPUESTO A RENDIMIENTOS
PETROLEROS
|
||
8.
|
IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR:
|
LEYES DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓN
Y GENERAL DE IMPORTACIÓN Y GENERAL DE EXPORTACIÓN EXPORTACIÓN
|
||
9.
|
IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO.
|
LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN
EFECTIVO
|
||
II.
|
CONTRIBUCIONES DE MEJORAS:
|
CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS POR OBRAS PÚBLICAS DE INFRAESTRUCTURA
HIDRÁULICA.
|
LEY DE CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS POR
OBRAS PÚBLICAS FEDERALES DE
INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA
|
||
III.
|
DERECHOS:
|
||
1.
|
SERVICIOS QUE PRESTA EL ESTADO EN FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO:
|
LEY FEDERAL DE DERECHOS
|
|
2.
|
POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO:
|
LEY FEDERAL DE DERECHOS
|
|
3.
|
DERECHOS A LOS HIDROCARBUROS:
|
LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS
|
IV.
|
CONTRIBUCIONES NO COMPRENDIDAS EN LAS FRACCIONES
PRECEDENTES CAUSADAS EN EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES PENDIENTES DE
LIQUIDACIÓN O DE PAGO.
|
||||
V.
|
PRODUCTOS:
|
LEY DE PRODUCTOS ORGÁNICOS
|
|||
2.
|
DERIVADOS DEL USO, APROVECHAMIENTO O ENAJENACIÓN DE BIENES NO
SUJETOS AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO:
|
LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES
|
|||
A.
|
EXPLOTACIÓN DE TIERRAS Y AGUAS.
|
LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA
|
|||
B.
|
ARRENDAMIENTO DE TIERRAS, LOCALES Y CONSTRUCCIONES.
|
LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE
PRODUCCIÓN Y SERVICIOS
|
|||
VI.
|
APROVECHAMIENTOS:
|
||||
1.
|
MULTAS.
|
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
|
PRESUPUESTOS EGRESOS EJERCICIO
FISCAL 2012
|
PRESUPUESTOS EGRESOS EJERCICIO FISCAL
2013
|
SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS
|
GASTOS PROGRAMABLE.
Ø CÁMARA DE
SENADORES
Ø CÁMARA DE
DIPUTADOS
Ø AUDITORÍA
SUPERIOR.
1. PODER
JUDICIAL.
§ SUPREMA CORTE
DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
§ CONSEJO DE LA
JUDICATURA FEDERAL
§ TRIBUNAL ELECTORAL
DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
2. INSTITUTO
FEDERAL ELECTORAL
3. COMISIÓN
NACIONAL DE LOS DERECHO HUMANOS
§ INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA
§
TRIBUNAL
FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
D. RAMOS
ADMINISTRATIVOS
GASTO PROGRAMABLE
v PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
v GOBERNACIÓN
v RELACIONES
EXTERIORES
v HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
v DEFENSA NACIONAL
v
AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL,
PESCA Y ALIMENTACIÓN
v COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
v ECONOMÍA
v EDUCACIÓN PÚBLICA
v SALUD
v MARINA
v TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
v REFORMA AGRARIA
v MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
v PROCURADURÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
v ENERGÍA
v DESARROLLO
SOCIAL
v TURISMO
v FUNCIÓN
PÚBLICA
v TRIBUNALES AGRARIOS
v SEGURIDAD
PÚBLICA
v CONSEJERÍA
JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL
v
CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
E.
RAMOS GENERALES
GASTO PROGRAMABLE
v
APORTACIONES
A SEGURIDAD SOCIAL
v
PROVISIONES
SALARIALES Y ECONÓMICAS
v PREVISIONES Y
APORTACIONES PARA LOS SISTEMAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, NORMAL, TECNOLÓGICA Y
DE ADULTOS
v APORTACIONES
FEDERALES PARA ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS
GASTO NO PROGRAMABLE
v
DEUDA
PÚBLICA
v PARTICIPACIONES
A ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS
v EROGACIONES
PARA LAS OPERACIONES Y PROGRAMAS DE SANEAMIENTO FINANCIERO
v
ADEUDOS
DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
v EROGACIONES
PARA LOS PROGRAMAS DE APOYO A AHORRADORES Y DEUDORES DE LA BANCA
F. ENTIDADES SUJETAS A
CONTROL PRESUPUESTARIO DIRECTO
GASTO PROGRAMABLE
v INSTITUTO DE
SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
v
INSTITUTO
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
v
COMISIÓN
FEDERAL DE ELECTRICIDAD
v
PETRÓLEOS
MEXICANOS (CONSOLIDADO)
GASTO NO PROGRAMABLE
v COSTO FINANCIERO,
QUE SE DISTRIBUYE PARA EROGACIONES DE:
v
COMISIÓN
FEDERAL DE ELECTRICIDAD
v
PETRÓLEOS
MEXICANOS (CONSOLIDADO)
|
GASTOS PROGRAMABLE.
Ø CÁMARA DE SENADORES
Ø CÁMARA DE DIPUTADOS
Ø AUDITORÍA SUPERIOR.
4.
PODER JUDICIAL.
§ SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
§ CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
§ TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE
LA FEDERACIÓN.
5.
INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL
6.
COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHO HUMANOS
§ INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y
GEOGRAFÍA
§ TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
D. RAMOS ADMINISTRATIVOS
GASTO PROGRAMABLE
v
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
v
GOBERNACIÓN
v
RELACIONES EXTERIORES
v
HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
v
DEFENSA NACIONAL
v AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO
RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN
v
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
v
ECONOMÍA
v
EDUCACIÓN PÚBLICA
v
SALUD
v
MARINA
v
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
v
REFORMA AGRARIA
v
MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
v
PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
v
ENERGÍA
v
DESARROLLO SOCIAL
v
TURISMO
v
FUNCIÓN PÚBLICA
v
TRIBUNALES AGRARIOS
v
SEGURIDAD PÚBLICA
v
CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL
v CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
E. RAMOS GENERALES
GASTO PROGRAMABLE
v APORTACIONES A SEGURIDAD SOCIAL
v PROVISIONES SALARIALES Y ECONÓMICAS
v PREVISIONES Y APORTACIONES PARA LOS
SISTEMAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, NORMAL, TECNOLÓGICA Y DE ADULTOS
v APORTACIONES FEDERALES PARA ENTIDADES
FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS
GASTO NO
PROGRAMABLE
v DEUDA PÚBLICA
v PARTICIPACIONES A ENTIDADES FEDERATIVAS
Y MUNICIPIOS
v EROGACIONES PARA LAS OPERACIONES Y
PROGRAMAS DE SANEAMIENTO FINANCIERO
v ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
v EROGACIONES PARA LOS PROGRAMAS DE APOYO
A AHORRADORES Y DEUDORES DE LA BANCA
F. ENTIDADES SUJETAS A CONTROL PRESUPUESTARIO
DIRECTO
GASTO
PROGRAMABLE
v INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
v INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
v COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
v PETRÓLEOS MEXICANOS (CONSOLIDADO)
GASTO NO
PROGRAMABLE
v COSTO FINANCIERO, QUE SE DISTRIBUYE PARA
EROGACIONES DE:
v COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
v PETRÓLEOS MEXICANOS (CONSOLIDADO)
|
En las disipaciones generales el Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012 contempla la
interpretación del presente Presupuesto de Egresos, para efectos
administrativos y exclusivamente en el ámbito de competencia del Ejecutivo Federal,
corresponde a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función
Pública, en el ámbito de sus atribuciones, conforme a las disposiciones y
definiciones que establece la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria. Lo anterior sin perjuicio de la interpretación que corresponda a
otros poderes de la unión en el ámbito de sus respectivas competencias. El
del 2013 elimina la última oración y elimina por completo el quinto párrafo,
para agregar solamente “En el ámbito de sus atribuciones, la Secretaría
presentará información presupuestaria comparable respecto al ejercicio fiscal
anterior y a los diversos documentos presupuestarios”.
En el capítulo de las erogaciones en el artículo 2 El
gasto neto total previsto en el presente Presupuesto de Egresos, importa la
cantidad de $3’706,922’200,000 y corresponde al total
de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos de
la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012 y el del 2013 contempla un
gasto neto total de $3’956,361’600,000 y corresponde al total de los ingresos
aprobados en la Ley de Ingresos.
En el primero
prevé un déficit público presupuestario de $67,631’500,000 y el segundo se
establece como meta el equilibrio presupuestario.
En el artículo tercero solo se agrega en el del 2013
del mismo capítulo fracción XXI lo siguiente: Los Anexos 13, 15 al 18 y 27 al
30 de este Decreto, comprenden los recursos
para la atención a grupos vulnerables; la mitigación
de los efectos del cambio climático; el desarrollo de los jóvenes; la
atención de niñas, niños y adolescentes; la prevención del delito, combate a
las adicciones, rescate de
espacios públicos y promoción de proyectos
productivos; conservación, mantenimiento y empleo temporal; subsidio
ordinario para organismos descentralizados estatales; distribución de los
programas de salud y medio ambiente y recursos naturales. Dichos recursos, en
lo concerniente al tema de juventud, se ejercerán de forma tal que permitan
su debido seguimiento, evaluación y difusión, con base en lo establecido con
criterios que permitan su debido seguimiento, evaluación y difusión.
Hubo gasto que aumentaron como el que se establece
en el artículo 7 Conforme al artículo 272 de la Ley del Seguro Social, el
gasto programable del Instituto Mexicano del Seguro Social será de $421,565’167,209.
El Gobierno Federal aportará al Instituto la cantidad de
$64,108’807,208 como aportaciones para los seguros;
la cantidad de $127,338’960,000, para cubrir las pensiones en curso de pago
derivadas del artículo Duodécimo Transitorio de la Ley del Seguro Social
publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre
de 1995, así como la cantidad de $2,891’000,000, para atender lo dispuesto en
los artículos 141, 172 y 172 A de dicha Ley.
|
Los temas desarrollados permiten que se valla
adentrando más a los temas relacionados con la administración pública y en
especial al derecho contenciosos administrativo. El Estado mexicano debe de
garantizar sus actividades que son la regulación de la actividad económica de
los particulares, la consagración y la tutela de los derechos sociales, el
régimen de propiedad entre otra, mediante el Plan Nacional de Desarrollo,
permitiendo la participación de todas las fuerzas, económicas y sociales de la
nación en la ejecución de sus políticas y actividades. (Rojas, s.f.).