Antecedentes
El Derecho a través de la historia ha pasado por etapas en donde las corrientes de pensamiento no necesariamente han coincidido, es más han presentado tesis antagónicas, allí lo pertinente de la filosofía del derecho en encargarse de dar respuestas a los antagonismo que se dan constantemente en la realidad y que no es suficiente dar una solución solo con el derecho vigente; por ejemplo: las sentencias dictadas por los jueces y los tribunales superiores, no se han salvado de enfrentar casos en donde la sentencia no es tan sencilla de resolver, la polémica y posiciones encontradas han permeado estos casos, como el que nos ocupa sobre Riggs v. Palmer, que versa sobre un asesinato de un nieto contra su abuelo con el objetivo confeso de que el victimario pudiera acelerar la adquisición de la herencia del abuelo.
El
caso es evidentemente polémico, las posturas son contrarias en los jueces
participantes, mientras que una posición se inclina por la negación a otorgarle
la herencia al nieto asesino en una posición que defiende la moralidad de la
sentencia, alegando que la concepción moral debe estar siempre presente en los
fallos judiciales respondiendo al lema que califican de obsceno de “la ley es
la ley”, con el lema : lex iniusta non est lex (una ley injusta no es ley) en
una postura que se afianza en el iusnaturalismo de la ley (Juez tomas) ,la contraparte por el contario
se apalanca en la concepción iuspositivista que defiende a ultranza la
aplicación del derecho sin tomar en cuenta la moralidad de los actos, aduciendo
que “sobre la barbarie y el crimen debe imperar el respeto por las
instituciones jurídicas” y en base a
esta concepción sostienen es que debe de emitirse la sentencia defendiendo
claramente la postura que defiende la adquisición de la herencia del abuelo por
parte del nieto asesino.(Juez Hans).
Como ya vimos
dentro de este caso cabe destacar que el eje moral y las ideas que se tienen de
esta teoría son principales; ya que el marco que se tiene sobre estos actos
jurídicos son de basta importancia pese a que tal vez no se tiene una conjetura
o antecedentes de las acciones y la idea de justicia sobre las que divergen los
actores pues es que la idea que encierra este tema abunda en origen y
principio, razón y naturaleza en una realidad que supera ampliamente el ámbito
jurídico. Para muestra de ello a pesar de no existir dentro del caso ley que
complemente lo dicho en relación con las diversas concepciones sostenidas del
derecho que encierra el hecho frente al sistema con el conjunto de normas en
determinada sociedad y el hecho de hacerlas cumplir generando el obsceno lemas
“la ley es la ley” debido al valor moral de tales normas es por ello que se
establecen criterios de justicia y derechos fundamentales parte de la
naturaleza humana, normas positivas mismas de la naturaleza del derecho y que
en este caso se podría entender como desnaturalización referente al
sometimiento y formulación contradictoria
al derecho mismo, una ley injusta no es ley pero que a pesar de esto se
tiene en consideración como bien se menciona que aunque se nos han enseñado que
por encima de las normas dictadas por los hombres, hay un conjunto de
principios morales.
Es así que la
relación entre el derecho y la moral desde diversos puntos puede verse
cuestionable dentro de sistema de lo jurídico ya que las son las normas y no
las convicciones que establecen lo permisible y lo punible, la obligatoriedad y
legalidad. Es por ello que los precedentes son fundamentales para el desarrollo
de esta ciencia ya que asientan las bases del Derecho dentro de los límites y
fuera de estos con relación al hombre con referente a la disposición y
arbitrariedad que se toma en la naturaleza propia.
Bibliografía
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