Lic. Gisela Santacruz Santacruz
Este nuevo contexto ha derivado en un cambio significativo respecto a la
forma de organizarse y de relacionarse. Asimismo, ha repercutido en el
funcionamiento del Legislativo y
todo lo que esto implica. En primer lugar, se vio afectada la relación con el Ejecutivo, durante la etapa de
dominio priista, cuando éste ocupaba la gubernatura del Estado de Tlaxcala, también
tenía mayoría en la Cámara de Diputados,
la relación entre uno y otro poder solía ser asimétrica. En esta etapa las
minorías parlamentarias solo jugaban un rol simbólico, más no tenían la fuerza
cuantitativa necesaria para ejercer un auténtico contrapeso al Poder Ejecutivo. Como es bien sabido, el sistema para
la formación de leyes implica que haya un trabajo de colaboración entre los
poderes del Estado; así, la Constitución de Tlaxcala señala lo siguiente:
“Artículo 49.- El Gobernador deberá sancionar los proyectos de Ley o
Decreto que le envíe el Congreso y mandar publicarlos, salvo cuando tenga
alguna objeción, en cuyo caso los devolverá al Congreso con las
correspondientes observaciones, dentro de ocho días contados desde su recibo;
de no hacerlo así, se reputarán aprobados. Si corriendo este término el
Congreso hubiere clausurado sus sesiones, la devolución deberá hacerse el
primer día hábil en que se reúna.”
Las iniciativas enviadas por el
gobernador rara vez solían ser cuestionadas, pues al existir una mayoría que
las avalaba, eran aprobadas sin mayor discusión. La ausencia del debate parlamentario se sumaba a la imposición y subordinación de la
mayoría hegemónica del Poder Legislativo; no les resultaba suficiente imponer
su fuerza numérica al votar en el Pleno del Poder Legislativo, sino que incluso
violentando el Reglamento Interior del Congreso del Estado, se les entregaban
extemporáneamente los dictámenes a las minorías legislativas, con el objetivo
de frenar la argumentación en el ejercicio del debate parlamentario o la
exposición mediática de los contenidos de los dictámenes o puntos de
acuerdo. Del mismo modo, las iniciativas
promovidas por el Congreso y que tenían aval del partido mayoritario eran aprobadas sin mayor dubitación del
Ejecutivo.
Este escenario cambia
cuando por primera vez el PRI pierde la gubernatura en la entidad; si bien
consiguió mantener una mayoría absoluta
en el Congreso, se comenzó a ver en la necesidad de generar alianzas y de
presentarse como oposición al Ejecutivo. Al llegar el siguiente sexenio (enero
2005 enero 2011) la composición del Legislativo ya había variado
considerablemente y nuevamente la gubernatura quedaba en manos de un partido
diferente al PRI y de la alianza
PRD-PT-PVEM que había ocupado la titularidad del Poder Ejecutivo durante el sexenio anterior.
A partir de la LVIII Legislatura, ésta comenzó a tener una mayor diversidad en su
conformación y una distribución más equitativa de escaños entre los partidos políticos. Al haber una mayor pluralidad de partidos en el Congreso, hipotéticamente
se deberían de haber configurado escenarios en donde las minorías pudieran
ejercer eficazmente sus derechos. La aprobación de los distintos proyectos
requiere una revisión más exhaustiva y un tiempo más extenso.
La Constitución de Tlaxcala en
su artículo 47 señala que:
“Los proyectos o iniciativas adquirirán el carácter de Ley o Decreto,
cuando sean aprobados por la mayoría de los diputados presentes, salvo que la
Ley disponga otra cosa”.