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REPERCUSIONES ANTE LA PÉRDIDA DE LA HEGEMONÍA PRISTA


Lic. Gisela Santacruz Santacruz

Este nuevo contexto ha derivado en un cambio significativo respecto a la forma de organizarse y de relacionarse. Asimismo, ha repercutido en el funcionamiento del Legislativo y todo lo que esto implica. En primer lugar, se vio afectada la relación con el Ejecutivo, durante la etapa de dominio priista, cuando éste ocupaba la gubernatura del Estado de  Tlaxcala, también tenía mayoría en la Cámara de Diputados, la relación entre uno y otro poder solía ser asimétrica. En esta etapa las minorías parlamentarias solo jugaban un rol simbólico, más no tenían la fuerza cuantitativa necesaria para ejercer un auténtico contrapeso al Poder Ejecutivo. Como es bien sabido, el sistema para la formación de leyes implica que haya un trabajo de colaboración entre los poderes del Estado; así, la Constitución de Tlaxcala señala lo siguiente:

“Artículo 49.- El Gobernador deberá sancionar los proyectos de Ley o Decreto que le envíe el Congreso y mandar publicarlos, salvo cuando tenga alguna objeción, en cuyo caso los devolverá al Congreso con las correspondientes observaciones, dentro de ocho días contados desde su recibo; de no hacerlo así, se reputarán aprobados. Si corriendo este término el Congreso hubiere clausurado sus sesiones, la devolución deberá hacerse el primer día hábil en que se reúna.”

          Las iniciativas enviadas por el gobernador rara vez solían ser cuestionadas, pues al existir una mayoría que las avalaba, eran aprobadas sin mayor discusión. La ausencia del debate parlamentario se sumaba a la imposición y subordinación de la mayoría hegemónica del Poder Legislativo; no les resultaba suficiente imponer su fuerza numérica al votar en el Pleno del Poder Legislativo, sino que incluso violentando el Reglamento Interior del Congreso del Estado, se les entregaban extemporáneamente los dictámenes a las minorías legislativas, con el objetivo de frenar la argumentación en el ejercicio del debate parlamentario o la exposición mediática de los contenidos de los dictámenes o puntos de acuerdo.  Del mismo modo, las iniciativas promovidas por el Congreso y que tenían aval del partido mayoritario  eran aprobadas sin mayor dubitación del Ejecutivo.
          Este escenario cambia cuando por primera vez el PRI pierde la gubernatura en la entidad; si bien consiguió mantener una mayoría absoluta en el Congreso, se comenzó a ver en la necesidad de generar alianzas y de presentarse como oposición al Ejecutivo. Al llegar el siguiente sexenio (enero 2005 enero 2011) la composición del Legislativo ya había variado considerablemente y nuevamente la gubernatura quedaba en manos de un partido diferente al PRI y de la alianza PRD-PT-PVEM que había ocupado la titularidad del Poder Ejecutivo  durante el sexenio anterior.

          A partir de la LVIII Legislatura, ésta  comenzó a tener una mayor diversidad en su conformación y una distribución más equitativa de escaños entre los partidos políticos. Al haber una mayor pluralidad de partidos en el Congreso, hipotéticamente se deberían de haber configurado escenarios en donde las minorías pudieran ejercer eficazmente sus derechos. La aprobación de los distintos proyectos requiere una revisión más exhaustiva y un tiempo más extenso.

La Constitución de Tlaxcala en su artículo 47 señala que:
“Los proyectos o iniciativas adquirirán el carácter de Ley o Decreto, cuando sean aprobados por la mayoría de los diputados presentes, salvo que la Ley disponga otra cosa”.

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