Por: Yaritza Dolores Carbajal
“Somos siervos de la ley con el fin de poder ser libres”
Cicerón
“La libertad del individuo debe estar limitada de algún modo; no debe convertirse en molestia para los otros.”
John Stuart Mill.
Desde tiempos remotos como en la actualidad, se ha hablado mucho de la libertad, pero con el pasar de los años, se ha caído en ambigüedad, pues se supone que mientras más racional es una sociedad más claro deberían de tener el concepto de libertad, sin embargo se ha demostrado que no es así. Actualmente los ciudadanos gozan de libertades, pero, regularmente abusan de esa libertad y muchas veces cayendo así en un “libertinaje”, por ejemplo: hace algunos meses en un municipio indígena de la región montaña de guerrero, en nombre de la libertad, un grupo reducido de personas bloquearon las salidas y entradas de su propia comunidad, afectando de esta manera a terceras personas que nada debían e incluso evitaron el paso de un joven que se encontraba gravemente enfermo perdiendo la vida por no recibir el tratamiento a tiempo, “ya que la palabra “libertad” y la declaración “soy libre para” pueden utilizarse siempre que nos referimos a la esfera de la acción y de la voluntad, y en consecuencia pueden representar la infinita gama y diversidad de la vida humana” (Sartori, 1986) .
Por lo tanto desde mi punto de vista es necesario, que como ciudadanos comprendamos los conceptos de “libertad” pero también de “libertad política” y según la real academia española la libertad es definida como: “facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos.”(Real Academia Española, 2016) , pero considero que esta definición se encuentra muy generalizada y confusa.
La libertad desde su esencia filosófica de igual manera encontramos diversas concepciones ya que Sartori menciona que “para Spinoza, la libertad era una perfecta racionalidad. Para Leibniz, espontaneidad de la inteligencia; para Hegel, aceptación de la necesidad” (Sartori, 2009).
Sin embargo, Sartori enfatiza en la necesidad de destiguir dos tipos de libertades; una libertad interna que se refiere desde el deber ser es decir desde lo normativo y de la libertad externa que se refiere a lo práctico, desde lo político, es decir, “libertad interior y libertad de querer, por un lado, y libertad exterior y libertad de hacer, por otro. Con la filosofía nos ocupamos de la primera, y con la política, de las segunda. La libertad política es, precisamente, una libertad empírica y “práctica” (Villablanca.madrid, 2016) .
Norberto Bobbio nos presenta dos posturas de lo que es la libertad desde un lenguaje político, la primera positiva y la segunda negativa:
«Libertad positiva» se entiende en el lenguaje político la situación en la que un sujeto tiene la posibilidad de orientar su voluntad hacia un objetivo, de tomar decisiones, sin verse determinado por la voluntad de otros. Esta forma de libertad se llama también «autodeterminación» o, de manera más apropiada, «autonomía». Es «negativa» la primera forma de libertad porque designa sobre todo la carencia de algo. Es positiva la segunda forma, porque indica, al contrario, la presencia de algo. (Bobbio, 1993, págs. 100-101) .
Desde mi opinión considero que ambos autores concuerdan que la práctica es esencial en la vida de los individuos ya que cuando se habla de política, él Estado juega un papel importante, pero cuando se menciona tal ente es inevitable no hablar del liberalismo. Debido que el liberalismo después de tanto tiempo no tenía una definición, pues, hay que considerar que “primero nace la cosa y después la palabra…” (Sartori, 2009, pág. 80). Por lo tanto hay que tener en claro que hablamos de un liberalismo que “crea un Estado limitado, controla el poder y la libertad (del ciudadano); pero no distribuye bienes, no se preocupa del bienestar (Sartori, s.f. , pág. 144). Y nos referimos al liberalismo clásico.
Por otra parte es necesario enfatizar que:
El liberalismo no dio origen a la idea moderna de libertad individual, aunque le agregó algunos elementos importantes. Tampoco, como hemos visto, inventó el concepto de libertad dentro del derecho, pero si la manera de garantizar e institucionalizar un equilibrio entre el gobierno ejercido por los hombres y el gobierno ejercido por las leyes. Por lo tanto Los sistemas constitucionales, tanto del pasado como del presente, son en consecuencia, desde el punto de vista histórico, sistemas liberales. Se podría decir que la política liberal es el constitucionalismo. Y el constitucionalismo es la solución del problema de la libertad política en función de un enfoque dinámico de la concepción legal de la libertad. (Sartori, 1986).
Concluyó afirmando que es necesario limitar la libertad con más leyes si es necesario hasta que no tengamos conciencia de ser ciudadanos realmente y de tener en cuenta el reconocimiento del otro.
Bibliografía
Bobbio, N. (1993). Igualdad y Libertad. España: Paidos. Obtenido de file:///C:/Users/YARITZA/Downloads/Bobbio_Norberto_-_Igualdad_y_libertad.pdf
Real Academia Española. (11 de 10 de 2016). Obtenido de Real Academia Española : http://dle.rae.es/srv/fetch?id=NEeAr5C
Sartori, G. (05 de Octubre de 1986). La libertad y la ley. Obtenido de http://www.eseade.edu.ar/files/Libertas/45_1_Sartori.pdf
Sartori, G. (2009). La democracia en 30 lecciones . México: Santillana.
Sartori, G. (s.f. ). Democracia. Recuperado el 11 de 10 de 2016, de http://www7.uc.cl/icp/revista/pdf/rev1312/ar6.pdf
Villablanca.madrid. (11 de 10 de 2016). G. Sartori, La democracia: 30 preguntas. Ed. Taurus,. Obtenido de http://ies.villablanca.madrid.educa.madrid.org/web2014/wordpress/filosofia/wp-content/uploads/sites/19/2014/05/Giovani_Sartori_La_Libertad_pol%C3%ADtica.pdf