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CALIFICACIÓN: ★★★★★
1. Concepto de pena en derecho 🍃
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Concepto de pena desde el diccionario jurídico | La pena según Ulpiano | El concepto de pena según Manuel de Lardizabal y Uribe | El concepto de pena para, Eugenio Cuello Calón |
“Castigo impuesto por autoridad legítima, especialmente de índole judicial, a quien ha cometido un delito o falta”.
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"Pena es la venganza de un delito”.
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“Mal que uno padece contra su voluntad y por superior precepto, por el mal que voluntariamente hizo con malicia, es decir, con dolo, o sin él, por culpa”. | “Es la privación o restricción de bienes jurídicos, impuesta conforme a la ley por los órganos jurisdiccionales competentes, al culpable de una infracción penal”. |
Otro concepto de pena, segun zaffaroni 🍃
Para Raúl Zaffaroni, “la pena es, en esencia, venganza...satisface la venganza”.
El autor establece que el tipo penal es un “instrumento legal, lógicamente necesario y de naturaleza predominantemente descriptiva, que tiene por función la individualización de conductas humanas penalmente relevantes”.
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II. Definición de pena
Definición de pena según García Máynez
Las penas, derivan de las sanciones establecidas por las normas del derecho penal. La pena, es la forma más característica de del castigo, afirma García Máynez, (2011). Es así, continúa el autor; la pena es una de las consecuencias jurídicas de la comisión de un hecho delictuoso.
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Definición de pena según Cuello Caló
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Definición de pena según Von Liszt
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Definición de pena según Maggiore
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La pena para Hegel |
La pena “es el sufrimiento impuesto por el Estado en ejecución de una sentencia, al culpable de una infracción penal”. | “El mal que el juez inflige al delincuente, a causa del delito, para expresar reprochabilidad social con respecto al acto y al autor”. | "Un mal conminado e infligido al reo dentro de las formas legales, como retribución del mal del delito para reintegrar el orden jurídico injuriado”. | En el pensamiento de Hegel, la pena es entendida como la negación del derecho, la pena niega el delito. El derecho se afirma. (Islas de González, 2007, p. 5) |
III. Características de la pena en derecho 🍃
García Máynez, (2011) con fundamento a Cuello Calón nos ofrece 5
características de la pena:
✔️ Es un sufrimiento derivado de la restricción o
privación de ciertos bienes jurídicos.
✔️ Es impuesta por el Estado para la conservación
del orden jurídico.
✔️ Debe ser impuesta por los tribunales como
resultado de un juicio penal.
✔️ Ha de ser personal, lo que quiere decir que
nadie puede ser castigado penalmente por hechos ajenos.
✔️Debe ser estatuida en la ley, como consecuencia
jurídica de un hecho que, de acuerdo con la misma ley, tenga carácter de
delito.
IV. Fines de la pena 🍃
Fines de la pena según García Máynez
García
Máynez, (2011) nos menciona que “casi todos los penalistas coinciden al
afirmar que el fin inmediato de la pena es aflictivo”; sin embargo, nos precisa
que se llega a diferir acerca de los fines inmediatos o remotos de la pena.
Fines de la pena según Islas de González
Teorías absolutas y relativas de la pena
Islas
de González, (2007) afirma que la retribución no es un fin, sino más bien la
esencia de la pena. La retribución, se entiende como la privación o
restricción de bienes del autor quién cometió el delito. (P. 6).
Al
desarrollar los fines de la pena, Islas de González, (2007), se
fundamenta de las teorías relativas, considerando que estas cumplen una
función social utilitaria:
Los fines de la pena
Teorías relativas de la pena
- Prevención general (negativa y positiva)
La
prevención general negativa =
el fin es desalentar comisión de delitos y la finalidad específica de la
pena es proteger bienes jurídicos de sujetos pasivos de los futuros
delitos.
La
prevención general positiva = el
fin es la de reforzar la conciencia jurídica general, refuerza los
mecanismos de autocontrol valorativo a la confianza en el ordenamiento
jurídico.
- Prevención
especial (negativa y positiva)
La
prevención especial negativa = el
fin es evitar la reincidencia. No volver a delinquir.
La
prevención especial positiva = el fin es el reforzamiento moral del
delincuente.
Vídeo de teoría de la pena
V. Clasificación de la pena 🍃
La clasificación de la pena en México y en el mundo antiguamente
Esta clasificación de la
pena considera que las penas pueden ser: Capitales,
aflictivas, infamantes y pecuniarias.
✔️ La
pena capital, es la privación de la vida del condenado. Formas
de ejecución: lapidación, incineración, desmembramiento, descuartizamiento, enterramiento
en vida, decapitación…etc.
✔️ La
pena aflictiva, hacen sufrir físicamente a la persona
mediante dolores físicos o daños corporales, sin llegar a la muerte. Ejemplos:
marcas y azotes.
✔️ La
pena infamante, afectan el honor de las personas y a la
dignidad humana. Se busca el desprecio.
✔️ La
pena pecuniaria, va contra el patrimonio; se pierde y se
pasa al Estado. Ejemplo, la confiscación, la multa.
✔️ La
pena privativa o restrictiva de la libertad personal.
Ejemplo, la prisión, el destierro, el confinamiento y la vigilancia policíaca.
Tipos de penas en el Derecho penal
Clasificación y limites constitucionales de la pena
✔️ Privativas de la libertad. Ejemplo la pena de prisión.
✔️ Restrictivas de la libertad: Semilibertad, la prohibición de ir a cierto lugar,
y la supervisión por una autoridad.
✔️ Privativas de derechos: ejemplos, destitución y la inhabilitación.
✔️ Restrictivas de derechos: Ejemplos, la suspensión del empleo cargo o comisión.
✔️ Penas pecuniarias: ejemplos, la multa y el decomiso.
✔️ Impositivas de deberes: ejemplo, el trabajo comunitario.
VI. La evolución de las penas en México: las penas en el código penal 🍃
Para
ubicar los antecedentes históricos de la pena, es importante ubicar cual ha
sido el proceso de evolución de las penas en México mediante las base legales y
para ello es importante realizar una revisión a los códigos penales.
Las penas en el código penal para el Estado de Veracruz de 1835
Contiene un título dedicado a las penas e general; y en la sección I “De las penas con que deben ser castigados los delitos”. Se mencionan 25 tipos de penas. Son de naturaleza inhumana actualmente.
Ejemplos de penas
La muerte, trabajos forzados para siempre, infamia, vergüenza pública, pena de presenciar ejecuciones, trabajos de policía etc. |
Las penas en el Código penal para el Estado de Veracruz de 1869
Sigue los lineamientos marcados de la Constitución política
de los Estados Unidos Mexicanos de 1857. Prohíbe las penas de mutilación, infamia,
marca, azotes, palos, tormento de cualquier especie, multa excesiva,
confiscación de bienes…
Ejemplos de penas
Se mantiene la humillación a la dignidad humana como la cadena en el pie para realizar trabajos forzados, trabajos de policía |
Las penas en el Código Penal Federal de 1871
Fundamenta
sus principios en la constitución de 1857. Las penas se aplican por la
autoridad judicial y conforme a lo establecido. Contiene un listado de penas
divididos en delitos en general y delitos políticos.
Ejemplos de pena
Ejemplos de penas por delitos en general: La prisión ordinaria, la prisión extraordinaria y la pena de muerte. |
Ejemplos de penas por delitos políticos: el confinamiento, destierro de la República y la reclusión simple. |
Otros ejemplos de penas concebidas: privación de leer y escribir, disminución de alimentos, incomunicación absoluta con privación de trabajo, la multa, el trabajo fuerte. Otros. |
VII. Los sistemas de pena: principios constitucionales en materia penal en México 🍃
Islas de González, (2007)
menciona que la interpretación del sistema de penas en México debe de
considerar la interpretación del artículo 22 como principios establecidos en la
misma constitución; estos son: principios de reserva de ley, principio de
taxatividad y el principio de proporcionalidad. Estos principios se desprenden
y forman parte del principio de legalidad en derecho penal. (P. 20).
Estos son los principios constitucionales del derecho penal en México
Primero el principio de reserva de ley; segundo el principio de taxatividad; y tercero el principio de proporcionalidad. Sen enfocan al principio de legalidad.
El principio de legalidad en materia penal
Este principio se fundamenta
en el artículo 14 constitucional en materia penal y establece:
“En los juicios orales del
orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría
de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable
al delito que se trate”.
El principio de legalidad en
materia penal tiene como una de sus consecuencias la reserva de ley.
El principio de reserva de ley en materia penal
Es la remisión que hace
normalmente la Constitución y de forma excepcional la ley, para que sea
justamente una ley y no otra norma jurídica la que regule una determinada
materia.
La reserva de ley en materia
penal abarca el campo de la determinación de conductas punibles y el del
establecimiento de sus respectivas consecuencias jurídicas.
El principio de Taxatividad en materia penal
Se despliega en el campo de
la determinación de las conductas sancionables penalmente.
Para que se pueda aplicar
una sanción penal debe existir una ley “exactamente” aplicable a la conducta de
que se trate, artículo 14. Es decir, se debe d contar con ciertos elementos que
permitan identificar claramente el campo de aplicación; esto es el principio de
taxatividad en materia penal.
“El principio de taxatividad
en materia penal es una especie genérica del principio de legalidad; tiene por objeto
preservar la certeza jurídica”.
El principio de proporcionalidad en materia penal
“El principio de proporcionalidad
exige que cualquier determinación de una autoridad que restrinja los derechos
fundamentales sea aceptable en caso de que no vulnere
el contenido esencial del derecho de que se trate y siepre que sea proporcional”.
Para verificar la
proporcionalidad se deben observar los principios de idoneidad, necesidad y
proporcionalidad en sentido estricto.
“El principio de proporcionalidad
en derecho penal será dada por el monto de la sanción que el legislador decide
imponer para la realización de x o y conducta”.
Principios constructivos del sistema del derecho penal
Bibliografía 🍃
Islas de González Mariscal,
Olga; Carbonell, Miguel, EL ARTÍCULO 22 CONSTITUCIONAL Y LAS PENAS EN EL ESTADO
DE DERECHO, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, México 2007, p.
5-12.
García Máynez, Eduardo;
Introducción al Estado de Derecho. Editorial Porrua, México, 2011, p. 305-307.
Fuentes
internas:
✔️ COMPETENCIA
Fuentes
externas:
✔️ Diccionario
de derecho: Diccionario
jurídico
✔️ Diccionario
de derecho: Diccionario
de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales de Manuel Ossorio
✔️ Diccionario
de derecho:
Diccionario de Derecho Penal Mexicano o sea El Código Penal
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