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Artículo 27 Constitucional; Ley de enajenación de latifundios; Ejidos y Comunidades agrarias

Infografía: Ley de enajenación de latifundios; Estados de la República, ejidos, dominio pleno,
Infografía: Ley de enajenación de latifundios; Estados de la República.


Estados de la República que cuentan con su Ley de 

enajenación de latifundios

Realiza una investigación en cuanto a cuáles Estados de la República cuentan ya con su Ley de enajenación de latifundios, reglamentaria de la fracción XVII del artículo 27 constitucional:

Zacatecas y su Ley de enajenación de latifundios

Zacatecas es uno de los Estados de la república mexicana que cuenta con una Ley de enajenación de latifundios y se llama:


Esta Ley publicada el 13 de agosto de 1994 en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Zacatecas.

Tamaulipas y la Ley de enajenación de latifundios

Tamaulipas a diferencia de Zacatecas público su Ley desde el 29 de julio 1936 en el Periódico Oficial número 61, y se llama:

Coahuila y la Ley de enajenación de latifundios

El Estado de Coahuila desde el de octubre de 1933 ya contaba con su Ley publicada en el Periódico Oficial de la Federación; y lo encontraras como:


Del régimen de Propiedad Social al de Pequeña 

Propiedad: el dominio pleno

Investiga qué superficie de tierra ha pasado del régimen de Propiedad Social al de Pequeña Propiedad, es decir, que superficie que ya haya adquirido el dominio pleno. 
De acuerdo a Zúñiga y Castillo (2010) dos investigadores de la UNAM durante 77 años, un período que abarca desde 1915 a 1922 “se crearon 26 mil ejidos y se reconocieron 2 mil comunidades, beneficiando a 3 millones de campesinos. La superficie que paso a sus manos fue de 96 millones 608 mil 475 hectáreas (casi mitad de la superficie total del territorio nacional) 200 millones de hectáreas”. (Zúñiga Alegría & Castillo López, 2010).
Para el año 2008, afirman que “más de un 1 millón 934 mil 557 hectáreas de tierras parceladas han transitado al dominio pleno”. (Zúñiga Alegría & Castillo López, 2010).

Por otra parte, Romero (2015) nos menciona en su artículo que lleva por nombre “El ejido mexicano: entre la persistencia y la privatización” que en 1930 “la superficie ejidal sumó 8 344 651 ha, extensión que creció a 103 290 099 en 1991. Los censos de 2001 y 2007 registraron 105 052 369 ha y 105 948 396 ha respectivamente, por lo que hubo un aumento de 896 927 ha durante este periodo…para el 2015 se registró una superficie de 100 126 699 hectáreas” (Romero Navarrete, 2015).

Estos son datos después de la reforma de 1991, cambios que ha experimentado la propiedad social según el uso de la tierra luego de la posibilidad de optar por el dominio pleno:

  1. En 1991 la superficie no parcelada era de 75 492 494 hectáreas, equivalentes a 73% del total.
  2. En 1991 la superficie parcelada ascendía a 27 797 604; es decir, 26.9%.
  3. En el 2001, el porcentaje de tierra parcelada aumentó a 32.7%.
  4. En el 2001, la superficie de uso común equivalió a 65.7%.
  5. En el 2007, según las cifras censales, descendió ligeramente a 31.7%.
  6. En el 2007, la superficie de uso común equivalió a 65.4%.

Este autor, nos menciona que “los ejidos que optaron por el dominio pleno total o parcial, se observa una notoria preferencia por mantener el régimen de propiedad social” (Romero Navarrete, 2015), debido que:

Según el censo de 2007, de un total de 28 138 ejidos medidos por el Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (Procede), sólo 21% había adquirido el dominio pleno, en tanto la superficie en esta condición representó 4.3% frente a 65.1% de uso común, con lo cual se refleja el incuestionable predominio de la superficie de uso común sobre la parcelada. (Romero Navarrete, 2015).

El censo de 2007 dio cuenta de que a década y media de la promulgación de la Ley Agraria, que brindó a los ejidatarios y comuneros la posibilidad de optar por el dominio pleno (Pérez, 2002), la superficie en propiedad social pasó de 103 290 099 ha registradas en el censo de 1991 (INEGI, 1994), a 105 948 306.16 en 2007, regulando 53.9% de la superficie total del país (INEGI, 2009a). (Romero Navarrete, 2015).

Sin embargo, “cifras proporcionadas por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), en 2012, presentan un ajuste a los datos al señalar que la superficie de ejidos y comunidades en ese año ascendía a 100 126 699 ha, es decir, habría experimentado una disminución de alrededor de 5 821 607 ha. (Romero Navarrete, 2015).

Análisis de lo que está sucediendo a nivel

 nacional con 

los Ejidos y Comunidades Agrarias

El ejido lentamente pasará a ser marginal, esto debido que millones de hectáreas están siendo adquiridas por inversionistas y especuladores, lo cierto, es que el ejido y Comunidades agrarias no van a desaparecer por completo debido que es un legado histórico, que nació en la época prehispánica y que encontró la forma de mantenerse durante la colonia hasta nuestras fechas.

A pesar de que en los 90, Salinas con su Reforma pretendió reducir el Ejido e incluso desaparecerlo, sin embargo, tanto los ejidos como las comunidades se mantuvieron, al ser un medio de organización de los diversos pueblos del México multicultural. Esta organización no solo fue por motivos económicos, sino político, cultural y social.

Referencia bibliográfica  
Romero Navarrete, L. (2015). El ejido mexicano: entre la persistencia y la privatización. Argumentos, 2017-238. Obtenido de https://www.redalyc.org/pdf/595/59554334010.pdf

Zúñiga Alegría, J. G., & Castillo López, J. A. (2010). La Revolución de 1910 y el mito del ejido mexicano. Alegatos, 497-522. Obtenido de https://www.azc.uam.mx/publicaciones/alegatos/pdfs/68/75-07.pdf

Unidad 1. Artículo 27 Constitucional, Derecho procesal agrario.

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