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Unidad 2. Fuentes del Derecho Internacional Privado.
Materia: Derecho Internacional Privado.
Objetivo: diferenciar y clasificar las fuentes nacionales e internacionales del DIPr.

Fuentes nacionales e internacionales del Derecho Internacional Privado

Introducción:
En forma introductoria, comenzamos por mencionar que el derecho internacional privado tiene un doble origen: uno nacional y el otro internacional. Entonces las fuentes del derecho internacional privado son:

A nivel nacional las fuentes son:

  1. El proceso legislativo
  2. La jurisprudencia
  3. La doctrina
  4. La costumbre
  5. Los principios generales del Derecho
A nivel internacional las fuentes son:
Los diversos procesos en el contexto internacional generadores de diversos instrumentos jurídicos a nivel internacional (tratados, pactos, convenciones, reglamentos, etc.).La jurisprudencia internacional por caso y por interpretación creada por los organismos intergubernamentales creadores de los instrumentos jurídicos internacionales y por los tribunales nacionales de cada Estado.La doctrina internacionalLa costumbre internacional que predomina en el Derecho mercantil internacionalLos principios generales del Derecho

Actividad 3: mapa conceptual de las fuentes nacionales del derecho internacional privado

Fuentes nacionales del derecho internacional privado

Objetivo: Analizar y sintetizar a través de la elaboración de un mapa conceptual las fuentes nacionales del DIPr.

Fuentes nacionales del derecho internacional privado
Fuentes nacionales del derecho internacional privado

Se entiende que la fuente es el lugar de donde proviene el derecho, y la clasificación de las fuentes del derecho son: fuentes formales, reales e históricas.

El derecho Internacional Privado comparte con otras ramas del derecho las siguientes fuentes: la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del  derecho.

Proceso legislativo

El proceso legislativo como fuente del derecho es una de las más importantes. Se trata de un procedimiento, en donde órganos de un Estado producirán una ley. El proceso legislativo puede ser defina como aquel proceso en donde “uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas normas jurídicas de observancia general, a las que se les da el nombre específico de leyes”.

La ley

La ley, como fuente del derecho internacional privado en México encuentra su fundamento en el artículo 121 constitucional, debido que es allí, en donde encontrarás las reglas por la cual se resolverán los conflictos de leyes interprovinciales y el reconocimiento de los derechos adquiridos:

Esto establece el artículo 121:

En cada entidad federativa se dará entera fe y crédito de los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todas las otras. El Congreso de la Unión, por medio de leyes generales, prescribirá la manera de probar dichos actos, registros y procedimientos, y el efecto de ellos, sujetándose a las bases siguientes:
 I. Las leyes de una entidad federativa sólo tendrán efecto en su propio territorio y, por consiguiente, no podrán ser obligatorias fuera de él.
II. Los bienes muebles e inmuebles se regirán por la ley del lugar de su ubicación.
III. Las sentencias pronunciadas por los tribunales de una entidad federativa sobre derechos reales o bienes inmuebles ubicados en otra entidad federativa, sólo tendrán fuerza ejecutoria en ésta, cuando así lo dispongan sus propias leyes. Las sentencias sobre derechos personales sólo serán ejecutadas en otra entidad federativa, cuando la persona condenada se haya sometido expresamente o por razón de domicilio, a la justicia que las pronunció, y siempre que haya sido citada personalmente para ocurrir al juicio.IV. Los actos del estado civil ajustados a las leyes de una entidad federativa, tendrán validez en las otras.V. Los títulos profesionales expedidos por las autoridades de una entidad federativa con sujeción a sus leyes, serán respetados en las otras.

La costumbre 

La costumbre, de acuerdo al autor se conforma de dos elementos esenciales, el primero que es el objetivo y trata de la “práctica o conducta reiterada” (inveterada consuetudo); y el segundo elemento que es el subjetivo, que trata del convencimiento de que una práctica es obligatoria (opinio juris seu necessitatis).

La costumbre como fuente del derecho internacional privado surge cuando dos o más Estados adoptan un hábito respecto a una misma situación u actividad determinada. Tanto, es la repetición de algo que pasa a ser una práctica común, y llegue a tomar el nombre de  “precedente” obteniendo un  significado jurídico.

La jurisprudencia 

La jurisprudencia, es el cúmulo de normas emanadas de las decisiones tomadas por el poder judicial de un país, mediante las que se aclara e interpreta el sentido de la ley.

La doctrina

La doctrina son el conjunto de tesis y opiniones de los tratadistas y estudiosos de Derecho, que explican y fijan el sentido de las leyes o sugieren soluciones para cuestiones aún no legisladas, de esta forma, es fuente del derecho internacional privado.

Principios generales del derecho

Los principios generales del derecho como fuente en esta materia, se fundamenta en el estatuto reconocido de la Corte Internacional de Justicia, en el artículo 38, en su primer párrafo menciona que:

 “la corte, cuya función es decidir conforme al derecho internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar: los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas.”

Fuentes del derecho internacional privado
Fuentes del derecho internacional privado

Los principios generales que reconoce el derecho internacional privado como fuente no deben de confundirse con los principios generales del derecho; estos último son fuentes de todo derecho, y primero son reconocidos por los Estados en su interior; en este caso se refieren a ciertas reglas practicadas o aceptadas directamente en la práctica internacional.

Ejemplos de principios generales del derecho internacional

En el derecho internacional privado podemos mencionar los siguientes principios más recurrentes de origen romano:
  1. El principio de pacta sunt servanda.
  2. El del orden público.
  3. El del respeto de los derechos adquiridos.
  4. El del reconocimiento sin causa.
  5. El principio error juris nocet.
  6. El principio lex posterior derogat priori.
  7. El del caso fortuito.
  8. El de la fuerza mayor.
  9. El del respeto de la cosa juzgada.
  10. De la prescripción liberatoria.
  11. El principio non bis in idem.

Las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas

Se consideran como medios auxiliares, debido que descubren y no crean derecho.  De igual forma, en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional, permite aplicar:
 las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia…como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho las decisiones judiciales.
La obligatoriedad se fundamenta en el artículo 59 de la Corte Internacional de Justicia, considerando que la decisión de la corte no es obligatoria sino para las partes en litigio y respecto del caso que ha sido decidido.

Fuentes internacionales del derecho internacional privado

Pero, el Derecho Internacional Privado cuenta además con fuentes internacionales   y son: los Tratados Internacionales, la costumbre internacional, la jurisprudencia internacional, los principios generales del Derecho Internacional, la doctrina del derecho internacional y la buena fe; esto se fundamenta en el Estatuto de la Corte Internacional de justicia en su artículo 38.


Fuentes internacionales del derecho internacional privado
 Mapa: Fuentes internacionales del derecho internacional privado



Para descargar el mapa de las fuentes internacionales en pdf, hasta la parte final de la entrada. 

Los tratados internacionales

Los tratados internacionales son normas jurídicas que contienen acuerdos de voluntades entre dos o más Estados. Los responsables de redactar un tratado por lo común son sujetos internacionales, en este caso, el Estado.

Los tratados a que se someten los Estados generan obligaciones y también derechos.
En México, se cuenta con una definición de Tratado Internacional en el artículo 2 en la Ley Sobre la Celebración de Tratados, desde el 2 de enero de 1992.

En el artículo 2 se establece que un tratado es el convenio escrito sobre una materia específica o no, que se rige por el derecho internacional público y que lo celebra el gobierno mexicano con uno o varios sujetos pertenecientes al derecho internacional público. Con este tratado internacional, el gobierno de México contrae compromisos.

El tratado internacional como fuente del derecho internacional privado tiene su fundamento y su manifestación por los foros internacionales, en donde:

“se celebran tratados o convenciones internacionales en las que se consignan normas de Derecho Internacional Privado como normas de conflicto, normas materiales de derecho internacional privado y normas materiales de derecho uniforme”.

La costumbre internacional

La Costumbre internacional como fuente nacional e internacional del derecho privado crea normas jurídicas conformado por dos elementos, el subjetivo (convenio de algo es obligatorio) y el objetivo (conducta repetida).

Ejemplos de costumbres internacionales:

  1. Ejecución de sentencias extranjeras
  2. Asistencia judicial internacional
  3. Aplicación de leyes extranjeras

La costumbre internacional aporta principios que se vuelven medios para el logro del tráfico jurídico internacional.

La jurisprudencia internacional

Cuando hablamos de jurisprudencia internacional, nos referimos a las decisiones tomados por tribunales que se encuentran en el ámbito internacional. Estas decisiones, son las interpretaciones realizadas a un tratado por los jueces y que, desde luego, recopila el derecho internacional privado.  

Esta fuente del derecho pertenece a la categoría de fuente formal. Es decir, las normas jurídicas que son productos de las interpretaciones son de fuerza obligatoria. La jurisprudencia internacional no existiría, si no hubiese tribunales internacionales que tengan injerencia en la solución de conflictos.

Los principios generales

La siguiente fuente del derecho internacional privado son los principios generales del derecho internacional privado. Cuando halamos de principios, nos referimos a aquellos valores que el derecho persigue, por ejemplo, la justicia, la seguridad y el bien común.

La doctrina

Finalmente, otra fuente del derecho internacional privado es la doctrina.  Esta, recopila el conjunto de reflexiones teóricas relacionadas a cuestiones jurídicos, por tanto, se conforma de opiniones de expertos en la materia del derecho.

La función de la doctrina es lograr avances jurídicos mediante estudios sistematizados que interpretan las diversas fuentes del derecho. 


derecho internacional privado
Fuentes del derecho internacional privado

Bibliografía
ROMERO VALENCIA, Alberto, Conceptos de derecho internacional privado. Marco teórico del Derecho Internacional Privado, México, 2004. Obtenido en https://es.scribd.com/document/239195749/Alberto-Romero-Valencia-Derecho-Internacional-Privado-pdf
VELÁZQUEZ, ESTARELLAS, Carlos. Concepto, Principios y Fuentes del Derecho Internacional Privado en el Ecuador. Revista Jurídica de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Católica de Santiago Guayacuil. Ecuador, 2012. Obtenido en https://www.revistajuridicaonline.com/wp-content/uploads/2009/02/24-concepto-principios-y-fuentes-del-derecho.pdf

CAPÍTULO I. FUENTES DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO, Obtenido en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3261/4.pdf

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