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Patrimonio del estado

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Concepto de Patrimonio del Estado

Para, Fernando Garrido Falla, el patrimonio estatal es el conjunto de derechos de contenido económico que pertenecen al estado.

Jorge Olivera Toro señala que es "el conjunto de bienes, recursos e inversiones que destina o afecta en forma permanente a la prestación directa o indirecta de los servicios públicos o a la realización de sus objetivos o finalidades de política social o económica".

Elementos

a) El titular del patrimonio: el estado, como persona jurídica colectiva que es;
b) Qué integra dicho patrimonio: cosas, derechos y recursos financieros; es decir, medios de tipo económico, y
c) Una finalidad: sus fines pueden ser de naturaleza muy diversa, y están determinados por la posición iusfilosófica de quien defina: el bien común, el interés general, la justicia social, la hegemonía de la clase dominante, el beneficio social, garantizar la libertad individual, cumplir los cometidos o las atribuciones estatales.

Territorio

Conforme el art. 42 constitucional, comprende:
a) El de las partes integrantes de la federación (o sea, las entidades federativas).
b) El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes.
c) El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo.
d) La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, los cayos y arrecifes.
e) Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el derecho internacional, y las marítimas interiores.
f) El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio derecho internacional.

Los bienes de dominio privado del estado

Son los que el legislador ha considerado innecesario otorgarles una protección tan rígida como a los bienes que integran el dominio público.

Ingresos del Estado

El poder público en sus tres niveles (federal, local o estadual, y municipal) capta recursos financieros en volúmenes de determinante consideración para la economía nacional; ello lo puede hacer por vías de derecho público y por vías de derecho privado.

Derecho del Estado sobre su patrimonio

Rafael Bielsa sostiene que sí existe un verdadero derecho de propiedad, cuyo titular es el pueblo y que el estado sólo administra el patrimonio común.

Maurice Hauriou considera que se trata de una propiedad de afectación, y se desarrolla a partir de ello su teoría sobre la propiedad administrativa, hay una titularidad soberana del estado sobre sus bienes.

El patrimonio del estado

Está regulado en los arts. 21, 42, 43, 48 y 132 de la constitución política federal; en el nivel legal, primordialmente está regido por la Ley General de Bienes Nacionales, publicada el 20 de mayo de 2004, la cual abrogó a la del 8 de enero de 1982.

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